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Información sobre el Plebiscito en Colombia: Acuerdo de paz 2016

Finalmente, el acuerdo que se había empezado a lograr en la Habana, en las negociaciones entre los representantes del gobierno colombiano y los líderes de la FARC, llego a concretarse con la firma del acuerdo de paz que se realizó este lunes en Cartegena. Pero aún el acuerdo de paz no es oficial, porque la decisión ahora está en las manos de los ciudadanos colombianos. Esto se debe a que se convocó un plebiscito, que tiene fecha para el próximo domingo dos de octubre, en el cual el electorado, es decir los ciudadanos colombianos deben dar su aceptación o rechazo del acuerdo de paz firmado. Es de esto de lo que vamos a hablarte en el día de hoy, por eso queremos invitarte a que leas más información sobre el plebiscito en colombia, el acuerdo de paz 2016.

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Información del Plebiscito sobre el Acuerdo de paz en Colombia

Muchos se preguntan por qué la decisión final sobre este acuerdo cae en las manos de la población de colombia y esto se debe a la postura del presidente de Colombia, que mantuvo desde el primer momento.

En este sentido, desde el mismo momento en que comenzaron las negociaciones con los líderes de la FARC EP, el presidente Juan Manuel Santos sostuvo que el punto final de las negociaciones iba a darse sólo tras haber consultado a los colombianos su opinión. No está demás decir, que esta cuestión fue objeto de muchas discusiones a lo largo de las negociaciones que empezaron hace cuatro años atrás.

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Para quienes no saben qué es un plebiscito, deben saber que es un mecanismo que está previsto por la constitución colombiana, en el cual los ciudadanos son consultados y convocados como electorales para que puedan avalar o rechazar una propuesta de caracter político. Desde el punto de vista del gobierno, se considera que éste es un mecanismo que denota gran flexibilidad en sus parámetros.

La Ley estatutaria de los mecanismos de participación del pueblo, en su artículo 7, define al plebiscito como un mecanismo en el cual se formula al pueblo que se convierte en electorado una propuesta de caracter político y que ha sido formulada por el poder ejecutivo, para que pueda responder de manera afirmativa o negativa a ésta. Debemos mencionar que es el presidente quien puede convocar este mecanismo.

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En un primer momento, la ley promovía que el plebiscito sería vinculante respecto de la respuesta afirmativa como la negativa y tanto para el presidente, como para el Congreso y el Gobierno. De todos modos, la corte en esta oportunidad ha decidido que el resultado va  aser vinculante de manera exlusiva para el presidente colombiano, debido a que fue él el agente que favorecióneste acuerdo de paz.

A su vez, es importante saber que la Sala Plena de la Corte constitucional decidió estableció la cantidad de votos que se requieren como mínimo tanto para la respuesta afirmativa como la negativa para que el plebiscito tenga una decisión final. Este número refiere a un 13%, cuyo equivalente a 4.387.118 votos.

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De esta manera, si el plebiscito da a favor del sí, superando el 13%, el presidente Juan Manuel de Santos contará con la facultar de poder implementar el acuerdo de paz firmado previamente. En cambio, si lo que alcanza el 13% de los votos es la respuesta negativa, esto implica que no se podran implementar los acuerdos.

Si llegado el caso, la respuesta afirmativa se impone sobre la negativa pero no logra alcanzar el 13%, el plebiscito tendrá el caracter consultivo pero no vinculante, lo cual implica que el presidente Santos está en derecho de ejercer sus facultades constitucionales y de esta manera podrá hacer la ratificación del acuerdo de paz.

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