En primer lugar, debemos comenzar aclarando que existen dos tipos o clases de concursos, por un lado, el concurso preventivo y por otro lado, la quiebra.
El concurso preventivo, el cual es un proceso concursal, es una solución al problema existente, cuando el deudor no cumple con las obligaciones contraídas, existiendo varios acreedores y el patrimonio del deudor no llega a ser suficiente para satisfacer todos los créditos. Ante esta situación, el concurso preventivo es una solución para asegurar a los acreedores el cobro de sus créditos.
En la Argentina, el Concurso preventivo y la quiebra, aparecen regulados en la Ley 24.522 y sus modificatorias, la última del año 2011, las cuales son aplicables tanto a comerciantes como a no comerciantes.
A la hora de conceptualizar al concurso preventivo, podemos decir que es un proceso que tiende a lograr un acuerdo entre los acreedores y el deudor, con el fin de superar el estado de cesación de pagos y evitar una futura quiebra.
Es necesario recordar que para que se lleve a cabo un proceso concursal deben darse dos presupuestos, uno objetivo, referido al patrimonio, en el cual el deudor debe encontrarse en «un estado de cesación de pagos» y uno subjetivo, que esta referido a los sujetos que pueden ser concursados.